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        Jueves, 10 de Marzo de 2011 		        
    
	
         
    
    
    
    
La Seguridad Social reclama 3.300,88 euros a Seviglass
    
   
	    
	
    
        
    
    
        
          
		
    
        			        
    
    
    El Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona lo publicó el pasado 21 de febrero.
	
	
        
        
        			        
        
                
        
        El Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona publicó el pasado luns 21 de febrero un edicto de notificación de providencia de apremio a deudores no localizados enviado por la Direccion Provincial de la Seguridad social a una serie de empresas entre la que se encuentra Seviglass S.L., a la que se le reclama una deuda de 3.300,88 euros. Esta notificación fue enviada a la Avenida Gran Vía de las Corts número 413-415.
La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de 15 días naturales ante la correspondiente UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudar en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo, intereses en su caso y costas de procedimiento de apremio, de acuerdo con los dispuesto en el Artículo 84 del citado REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACIÓN.
![[Img #1975]](upload/img/periodico/img_1975.jpg)
        
        
    
       
            
    
        
        
	
    
                                        
    
    
	
    
El Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona publicó el pasado luns 21 de febrero un edicto de notificación de providencia de apremio a deudores no localizados enviado por la Direccion Provincial de la Seguridad social a una serie de empresas entre la que se encuentra Seviglass S.L., a la que se le reclama una deuda de 3.300,88 euros. Esta notificación fue enviada a la Avenida Gran Vía de las Corts número 413-415.
La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de 15 días naturales ante la correspondiente UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudar en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo, intereses en su caso y costas de procedimiento de apremio, de acuerdo con los dispuesto en el Artículo 84 del citado REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACIÓN.
![[Img #1975]](upload/img/periodico/img_1975.jpg)












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