El TSJC da la razón a los vendedores catalanes de vehículos
Una sentencia abre las ITV a los concesionarios
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dado la razón a la
Federació Catalana de Venedors de Vehicles a Motor (Fecavem) y ha declarado
nulo el concurso público por el que se adjudicaron las ITV en Catalunya.
El tribunal entiende que en este tipo de servicios debe prevalecer la
liberalización que emana de la directiva europea y no pueden establecerse
restricciones ni territoriales ni de número de operadores. Con esta sentencia,
los concesionarios se consideran legitimados para entrar en el negocio de las
ITV, en contra de lo que defienden los operadores del sector.
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“El tribunal nos ha dado la razón y no ve incompatibilidad alguna en el
hecho de que los concesionarios presten servicios de ITV”, dijo Jaume Roura,
presidente de Fecavem y también de Faconauto. “El primer paso se ha dado en
Catalunya pero pensamos extender nuestra demanda a todo el ámbito estatal”,
señaló. La tesis de los operadores de ITV es que en los talleres de los
concesionarios no pueden realizarse las inspecciones oficiales, porque se corre
el riesgo de que se diagnostiquen más deficiencias de las necesarias con objeto
de hacer negocio con las reparaciones.
En un comunicado, Fecavem advirtió que velará para que en la nueva
regulación de este servicio “se respete el principio de libertad de
establecimiento” y se permita acceder a esta actividad a sus federados.
La sentencia se ha dictado a raíz de un recurso contencioso-administrativo de
Fecavem y es recurrible ante el Tribunal Supremo. No es la primera vez que el
TSJC se pronuncia en este sentido. Ya lo hizo en abril del 2012 cuando estimó
la petición de OCA (del empresario Ramon Fajula) y ordenó la anulación de dos
decretos de la Generalitat sobre la planificación de las estaciones de
inspección
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dado la razón a la Federació Catalana de Venedors de Vehicles a Motor (Fecavem) y ha declarado nulo el concurso público por el que se adjudicaron las ITV en Catalunya.
El tribunal entiende que en este tipo de servicios debe prevalecer la liberalización que emana de la directiva europea y no pueden establecerse restricciones ni territoriales ni de número de operadores. Con esta sentencia, los concesionarios se consideran legitimados para entrar en el negocio de las ITV, en contra de lo que defienden los operadores del sector.
“El tribunal nos ha dado la razón y no ve incompatibilidad alguna en el hecho de que los concesionarios presten servicios de ITV”, dijo Jaume Roura, presidente de Fecavem y también de Faconauto. “El primer paso se ha dado en Catalunya pero pensamos extender nuestra demanda a todo el ámbito estatal”, señaló. La tesis de los operadores de ITV es que en los talleres de los concesionarios no pueden realizarse las inspecciones oficiales, porque se corre el riesgo de que se diagnostiquen más deficiencias de las necesarias con objeto de hacer negocio con las reparaciones.
En un comunicado, Fecavem advirtió que velará para que en la nueva regulación de este servicio “se respete el principio de libertad de establecimiento” y se permita acceder a esta actividad a sus federados.
La sentencia se ha dictado a raíz de un recurso contencioso-administrativo de
Fecavem y es recurrible ante el Tribunal Supremo. No es la primera vez que el
TSJC se pronuncia en este sentido. Ya lo hizo en abril del 2012 cuando estimó
la petición de OCA (del empresario Ramon Fajula) y ordenó la anulación de dos
decretos de la Generalitat sobre la planificación de las estaciones de
inspección
kiko | Martes, 16 de Abril de 2013 a las 09:36:04 horas
Menudo negocio este de las ITV en Cataluña.¿Donaran lo mismo todos los concesionarios,o unos mas que otros?
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