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Redacción Infoluna | 392
Miércoles, 09 de Octubre de 2013
Supondría un cambio importante para las empresas

El Tribunal Supremo estudia la aceptación del cambio de la liquidación del IVA de trimestral a anual

El Tribunal Supremo estudia la aceptación de que el cómputo de los plazos de prescripción del IVA se produzca teniendo en cuenta las liquidaciones anuales y no las trimestrales, como ha venido manteniendo hasta la actualidad.

Así lo ha revelado el magistrado del Tribunal Supremo, Manuel Garzón Herrero, quien anunció "una vuelta de tuerca" en el transcurso de su intervención en el IV Encuentro Tributario, organizado por la delegación catalana de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), celebrada en Barcelona.

El propio magistrado fue el ponente de la sentencia de 25 de noviembre de 2009, en la que se establecía que "aunque la declaración-resumen anual no tiene en sí misma un contenido liquidatorio, implica y comporta una ratificación de las distintas liquidaciones efectuadas durante el año. Este elemento de la declaración -resumen anual, de ratificación de las liquidaciones efectuadas durante el año- permite imputar a tales declaraciones un contenido interruptivo de la prescripción, por efecto de su contenido liquidatorio y al que el artículo 66.1 de la Ley General Tributaria confiere carácter interruptivo.

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