El nuevo decreto de talleres obliga a incluir en la placa informativa la especialidad de lunas y en caso contrario se incurrirá en ilegalidad
Reparar o sustituir lunas en Galicia será más difícil en 2018
A partir de 2018 en Galicia sólo podrán reparar o sustituir parabrisas de manera legal aquellos talleres que incluyan en la placa informativa la sección de 'cristales y parabrisas'.
Este cambio llega con el DECRETO 108/2017, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 70/2011, de 7 de abril, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipamientos y componentes.
![[Img #14666]](upload/img/periodico/img_14666.png)
En el Artículo 7 en su apartado 9 informa que "la parte inferior derecha de la placa informativa contendrá, alineados verticalmente, los símbolos de las particulares funciones y las especialidades a las que se dedique el taller, acompañados a su derecha del texto explicativo “Vehículos de categoría L”, “Vehículos agrícolas y de obras”, “Neumáticos”, “Radiadores”, “Equipamientos de inyección”, “Cristales y parabrisas”, “Dispositivos de remolcar”, “Tacógrafos”, “Limitadores de velocidad”, “Aire acondicionado y climatización” o “Autorradios y equipos de comunicación” según corresponda. Si el número de funciones y especialidades supera los siete, los restantes se dispondrán en una segunda línea vertical, tal y como se indica en el anexo II»".
Es decir, los talleres de chapa y talleres oficiales de Galicia deberán incluir el apartado de lunas en su placa informativa o podrán ser denunciados y sancionados por realizar trabajos que no contempla su licencia.
SI QUIERES CONOCER MÁS DEL DECRETO DE TALLERES
PINCHA EN ESTE LINK DECRETO DE TALLERES GALICIA
A partir de 2018 en Galicia sólo podrán reparar o sustituir parabrisas de manera legal aquellos talleres que incluyan en la placa informativa la sección de 'cristales y parabrisas'.
Este cambio llega con el DECRETO 108/2017, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 70/2011, de 7 de abril, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipamientos y componentes.
![[Img #14666]](upload/img/periodico/img_14666.png)
En el Artículo 7 en su apartado 9 informa que "la parte inferior derecha de la placa informativa contendrá, alineados verticalmente, los símbolos de las particulares funciones y las especialidades a las que se dedique el taller, acompañados a su derecha del texto explicativo “Vehículos de categoría L”, “Vehículos agrícolas y de obras”, “Neumáticos”, “Radiadores”, “Equipamientos de inyección”, “Cristales y parabrisas”, “Dispositivos de remolcar”, “Tacógrafos”, “Limitadores de velocidad”, “Aire acondicionado y climatización” o “Autorradios y equipos de comunicación” según corresponda. Si el número de funciones y especialidades supera los siete, los restantes se dispondrán en una segunda línea vertical, tal y como se indica en el anexo II»".
Es decir, los talleres de chapa y talleres oficiales de Galicia deberán incluir el apartado de lunas en su placa informativa o podrán ser denunciados y sancionados por realizar trabajos que no contempla su licencia.
SI QUIERES CONOCER MÁS DEL DECRETO DE TALLERES
PINCHA EN ESTE LINK DECRETO DE TALLERES GALICIA













Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.29