Miércoles, 10 de Septiembre de 2025

Actualizada Martes, 09 de Septiembre de 2025 a las 13:21:16 horas

Redacción Infoluna | 5415 1
Jueves, 14 de Junio de 2012
En principio son amortiguadores, muelles, discos de freno y llantas, pero no se descarta que se amplíe a más recambios

Llegan los certificados de recambio equivalente al original en algunas piezas

El Ministerio de Industria, a través de la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial, ha establecido un certificado de fabricación que debe acompañar a determinados recambios que se instalan en los automóviles.


A partir de ahora, los fabricantes de repuestos para vehículos que pretendan comercializar sus productos en España deberán adjuntar con determinadas piezas un certificado de fabricación por el que garanticen, bajo su responsabilidad, que el recambio suministrado es apto para sustituir el componente original instalado en un determinado tipo de vehículo, aportando datos específicos sobre el marcado del componente, para qué tipos de vehículos es válido y qué contraseñas de homologación cubre.
 

Las piezas a las que les afecta esta nueva directriz del Ministerio de Industria español son:

·     Amortiguadores

·     Muelles

·     Discos de freno

·     Llantas

La reglamentación europea y española vigente no considera como reforma en un vehículo la sustitución de un componente por otro de “calidad equivalente”, si bien esta calificación de “equivalente” debe ser avalada por alguien, es este caso, el fabricante del componente.

[Img #4366]

 

La necesidad de esta ordenación surge por la problemática a la que se enfrentan las ITV cuando detectan que uno de los componentes citados ha sido sustituido y no es posible determinar, a simple vista, si dicho recambio se corresponde con uno de calidad equivalente, de modo que su sustitución no deba considerarse como reforma.


De este modo, si queremos instalar un componente de los citados (amortiguadores, muelles, discos de freno y llantas), que no se corresponda o no pueda acreditarse mediante el correspondiente certificado del fabricante del componente, con uno de calidad equivalente, será preciso tramitarlo como una reforma según del RD 866/2010. En caso contrario, nos arriesgamos a que en la inspección técnica periódica del vehículo sea detectada dicha sustitución y calificada la inspección como desfavorable.

 

Comentarios (1) Comentar esta noticia
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.189

  • TITI

    TITI | Viernes, 15 de Junio de 2012 a las 16:28:40 horas

    Genial, ahora el segundo paso es que las compañias pidan este certificado para poder trabajar con ellas. asi nos evitaremos que unos tengamos que comprar primeras marcas y otros ponan chinas o indias.

    Accede para responder

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.