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Redacción Infoluna | 327
Jueves, 26 de Julio de 2012
La Dirección General de Comercio de la Comunidad de Madrid lo ha aclarado

Los talleres madrileños de lunas tienen libertad de horario

Con la reciente entrada en vigor de la Ley 2/2012 de 12 de Junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, Asetra planteó consulta a la Dirección General de Comercio sobre cómo afectaba dicha normativa al sector de los talleres.

 

 

La Directora General de Comercio corrobora, en carta dirigida al presidente de la asociación madrileña, que la actividad de los talleres es industrial y no comercial, por lo que "la Ley 2/2012 no incluye en su ámbito de aplicación a los talleres de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles, ya que la actividad de talleres de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles no tiene carácter comercial, por lo que nunca ha estado sujeta a limitación específica en materia de horarios comerciales".

 

Las implicaciones de esta respuesta suponen para el taller potestad de apertura de sus instalaciones con libertad de horario comercial, así como en festivos. Así que los talleres de lunas madrileños tendrán también libertad de horarios.

 

Fuente: postventa.info



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