En cantidades superiores a 50.000 euros
Los fraudes a la Seguridad Social en impago de cuotas o la obtención indebida de deducciones se penará con cárcel
Los fraudes a la Seguridad Social, tanto el impago de cuotas como la
obtención indebida de deducciones, superiores a 50.000 euros serán
perseguidos con penas de hasta seis años de cárcel, en tanto que el
delito no prescribirá hasta pasados diez años.
Así consta en la reforma del Código Penal, aprobada hoy por el Consejo de
Ministros y explicada en rueda de prensa por la vicepresidenta del Gobierno, Soraya
Sáenz de Santamaría, por la que se crea una nueva pena máxima de seis años
para los delitos de fraude contra la Seguridad Social y en materia fiscal. De
esta forma, se reduce la cuantía mínima de defraudación a la Seguridad Social
perseguida penalmente de 120.000 a 50.000 euros y se incluye en esa cantidad
toda la deuda no prescrita en un periodo de cuatro años.
Los fraudes a la Seguridad Social, tanto el impago de cuotas como la obtención indebida de deducciones, superiores a 50.000 euros serán perseguidos con penas de hasta seis años de cárcel, en tanto que el delito no prescribirá hasta pasados diez años.
Así consta en la reforma del Código Penal, aprobada hoy por el Consejo de Ministros y explicada en rueda de prensa por la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, por la que se crea una nueva pena máxima de seis años para los delitos de fraude contra la Seguridad Social y en materia fiscal. De esta forma, se reduce la cuantía mínima de defraudación a la Seguridad Social perseguida penalmente de 120.000 a 50.000 euros y se incluye en esa cantidad toda la deuda no prescrita en un periodo de cuatro años.
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