Lunes, 08 de Septiembre de 2025

Actualizada Viernes, 05 de Septiembre de 2025 a las 13:01:30 horas

Redacción Infoluna | 1302 1
Martes, 10 de Septiembre de 2013
AUTOLAVADOS U OTRO TIPO DE TALLERES QUE CARECEN DE ELLA PUEDEN SER DENUNCIADOS Y MULTADOS POR LA ADMINISTRACIÓN CORRESPONDIENTE

La licencia de actividad industrial es la condición legal para poder reparar y sustituir lunas

La cuestión  es clara y meridiana y para eso existe una legislación clara. Un taller es legal si tiene en la puerta de su taller la chapa que reconoce que tiene la licencia de actividad industrial en regla. Si se carece de esa licencia de actividad industrial es que no es un taller legal.

 

Tener la licencia de actividad industrial permite reparar y sustituir lunas. Si, por ejemplo, un autolavado repara y sustituye lunas sin tener la licencia de actividad industrial lo que está haciendo es una actividad ilegal.

 

Un taller de chapa o un concesionario puede reparar y sustituir lunas porque cuentan con la licencia de actividad pero un negocio que no cuente con ella puede ser denunciado y multado.

 

Esta aclaración llega para dejar claro por qué un autolavado u otro tipo de negocios no están legitimados para realizar estos trabajos de cristalería. Otras cosa es que la legislación no tenga sentido y sea injusta de cara a los talleres de lunas. Deben ser, como hemos repetido muchas veces, os profesionales de la cristalería quienes luchen para conseguir un epígrafe propio de lunas que impida a los talleres de chapa que no certifiquen ese epígrafe poder trabajar con lunas.

 

Hasta que eso ocurra, la legislación obliga a los talleres de lunas a tener la misma licencia que uno de chapa y quien no la tenga puede recibir fuertes multas o el cierre por no cumplir.

Comentarios (1) Comentar esta noticia
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.31

  • carlos

    carlos | Domingo, 10 de Noviembre de 2013 a las 17:04:18 horas

    Pensaba que ya existía un epigrafe propio de los cristaleros de automóvil pero por lo que nos comentan en este articulo no es asi.

    Al no tener un epigrafe propio me surge una serie de consultas que agradeceria pudieran resolver:

    ¿un taller mecanico (no de chapa y pintura) con su número de registro industrial al dia puede hacer los trabajos de cristaleria?
    ¿deberian tener licencia como la de un talller de chapa y pintura?
    ¿O es que es la misma licencia y el mismo tipo de registro industrial el de un taller mecanico y un taller de chapa y pintura?.

    Os agradecería el resolver mis dudas y gracias por el gran trabajo que realizáis dia a dia.

    Accede para responder

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.