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Redacción Infoluna | 312
Miércoles, 12 de Noviembre de 2014
Una sentencia considera probado que defraudó durante el ejercicio de sus responsabilidade

Un mediador de Jaén tendrá que devolver 100.000 euros a la aseguradora para la que trabajaba

El Juzgado de lo Penal número 2 de Jaén ha condenado a un hombre identificado como F.T.R. a indemnizar a la empresa aseguradora en la que trabajaba como mediador con 100.177,94 euros que se considera probado que defraudó durante el ejercicio de sus responsabilidades.

 

La sentencia, fechada el 29 de octubre, condena por estos hechos también al acusado a una pena de dos años de cárcel por un delito de apropiación indebida, si bien esa condena ha sido suspendida por un periodo de tiempo de dos años con la advertencia de que el procesado "no podrá volver a delinquir en dicho plazo".

 

Según considera probado la sentencia, que es firme porque es fruto de acuerdo de conformidad entre las partes, el acusado, en su condición de mediador, estaba "facultado para concertar nuevos contratos de seguro, renovar los anteriores y para el cobro de recibos de aquellos asegurados que no los tuvieran domiciliados, asumiendo la obligación de reintegrar íntegramente el importe de tales recibos a la compañía".

 

Sin embargo, desde el 30 de octubre de 2010, fecha de la firma del contrato de su renovación en la aseguradora, el encartado, "con ánimo de obtener una ganancia ilícita y con incumplimiento de sus obligaciones de mediación, dejó de ingresar el importe de las primas que recibía directamente de los asegurados", pese a lo cual daba éstas por pagadas "frente a la compañía en el sistema informático de la misma, generándose así comisiones a su favor".

 

Asimismo, llevó a cabo "directamente el cobro de renovaciones de seguros y primas de los que no daba cuenta a la compañía, haciendo suyas las cantidades que le entregaban los asegurados directamente o bien a través de alguna cuenta corriente".

 

Se cifra en 100.177,94 euros la cantidad supuestamente defraudada por el procesado a la compañía, y con la que, en virtud de la sentencia impuesta, tendrá que indemnizar a dicha empresa en concepto de responsabilidad civil.

 

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