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Miércoles, 13 de Octubre de 2010

La nueva orden sobre laminas solares entra mañana en vigor

Lo más destacable es que en ningún caso se montarán en la totalidad del parabrisas

Mañana, 14 de octubre, entra en vigor la Orden ITC/1992/2010, publicada en el BOE el 24 de julio,  que sustituye y deroga la Orden del Ministerio de Ciencia y Tecnología de 6 de junio de 2001, reguladora de las condiciones que debían cumplir las láminas de plástico adheridas a los cristales del vehículo, conocidas popularmente como “láminas solares”.

El ámbito de aplicación de la norma comprende las láminas plásticas, interiores o exteriores, no homologadas conjuntamente con el vidrio seguridad o material de acristalamiento/soporte  y destinadas a ser adheridas en los vidrios de seguridad o materiales de acristalamiento homologados y ya instalados en vehículos de motor en servicio o remolques, siempre que no estén montadas en el campo de visión del conductor en 180º hacia delante, ni en salidas de emergencia.

 
 Se incluyen también los ensayos a realizar al objeto de garantizar que las condiciones de seguridad del vehículo no se modifiquen cuando se adhiera algún tipo de lámina al vidrio soporte. Este apartado afecta directamente a los fabricantes de las citadas láminas. Tras la superación de los ensayos se emitirá certificado identificando las características de definición del tipo de lámina plástica y el resultado.

De especial interés para los talleres

 En el artículo 6º de la nueva norma, se especifica cómo han de ser instaladas las citadas láminas. Lo más destacable, en todo caso, es que no se montarán en ningún caso en la totalidad de la superficie del parabrisas, ventanas laterales anteriores y cualquier otra superficie acristalada incluida en el arco de 180º de visión directa hacia adelante del conductor.

Aconsejamos a los talleres que comprueben que el material adquirido a su proveedor cumpla los requisitos legales. En este sentido es importante señalar que:

 -Las láminas instaladas conforme a lo establecido en la anterior orden seguirán siendo válidas siempre y cuando conserven sus propiedades de fijación sobre los vidrios.

 -Aquellas que aún no se han instalado pero se realizaron conforme a la anterior ley seguirán siendo válidas hasta doce meses después de la entrada en vigor de la presente orden,

 -Una vez pasado el citado plazo de doce meses las láminas a instalar sólo serán válidas si cumplen lo dispuesto en la Orden ITC/1992/2010.

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