Infoluna aclara las dudas sobre el nuevo reglamento de talleres vigente desde el pasado mes de junio
Aumenta la competencia, las posibilidades de talleres independientes y recambistas y define qué es un recambio original.
Ante las numerosas peticiones de información que nos han llegado a INFOLUNA para aclarar las dudas sobre el reglamento que regula la postventa desde el pasado 1 de junio y que estará vigente hasta el 31 de mayo de 2023 y que sustituye al que existía desde 2002, vamos a intentar aclarar las dudas sobre cómo afecta
rá este cambio en los talleres y en los usuarios.
Ante todo, el nuevo texto regulador de la postventa abre un mayor abanico de competencia y posibilidades entre los usuarios y otorga más posibilidades de trabajo para los talleres que no están adscritos a las redes oficiales de los fabricantes de coches y a los recambistas que no trabajan exclusivamente para primer equipo o que los fabricantes consideran de su gusto en la postventa.
Los usuarios ya no están obligados a ir a un taller oficial de un fabricante para pasar una revisión si no quieren perder la garantía. Estas revisiones suponen un gasto de un 40% por encima de un taller oficial, como confirmó un estudio de la compañía Midas. A partir de ahora se puede pasar esa revisión, el fabricante está obligado a suministrar toda la información técnica y no es necesario utilizar las piezas de recambio que imponía el fabricante. De esta manera hay más posibilidades para los recambistas y más posibilidades de encontrar precios más económicos en esas piezas.
Es decir, las actuales normas sectoriales imponen unas cortapisas innecesarias que impiden a los fabricantes de automóviles organizar sus sistemas de distribución de la forma más conveniente para ellos.
A partir de ahora habrá equiparación legal entre recambio original (del constructor) y de calidad equivalente. Es decir, no será necesario que el recambio venga con el sello del fabricante de coches para considerarlo como el único original. En el caso de las lunas, será original tanto el de primer equipo como el que ha fabricado la empresa de cristalería (Saint Gobain, Pilkington oGuardian) que reúne las mismas características técnicas pero que sólo tiene como diferencia la ausencia de ese sello de la marca de coches en cuestión. Además, el fabricante de coches no podrá negar la venta de recambios que él considere originales. En el caso de las lunas, deberá vender la luna al taller independiente con el logo de la marca en el vidrio, por ejemplo.
Según el texto se aclara que "Piezas o equipos originales” son aquellas fabricadas con arreglo a las especificaciones y normas de producción que el fabricante del vehículo ha establecido para su montaje en primer equipo. Salvo prueba en contrario, se presumirá que los recambios son recambios originales si el fabricante de los mismos certifica que cumple los requisitos de calidad de los componentes utilizados para el montaje del vehículo y se han fabricado con arreglo a las especificaciones y normas del vehículo.
Para poder ser considerados “de calidad equivalente”, los recambios han de ser de calidad lo suficientemente alta para que su uso no empañe la reputación de la red autorizada.
Este nuevo Reglamento también establece tres cláusulas fundamentales que describen infracciones que restringen la competencia en el mercado de recambios. Se refieren a las restricciones impuestas por los fabricantes de automóviles con respecto a: a) la venta de recambios originales por talleres autorizados a talleres independientes, b) la posibilidad de que fabricantes independientes de recambios suministren a talleres autorizados o independientes, y c) la posibilidad de que los fabricantes independientes de recambios pongan su marca registrada o logotipo en sus productos.
Ante las numerosas peticiones de información que nos han llegado a INFOLUNA para aclarar las dudas sobre el reglamento que regula la postventa desde el pasado 1 de junio y que estará vigente hasta el 31 de mayo de 2023 y que sustituye al que existía desde 2002, vamos a intentar aclarar las dudas sobre cómo afectará este cambio en los talleres y en los usuarios.
Ante todo, el nuevo texto regulador de la postventa abre un mayor abanico de competencia y posibilidades entre los usuarios y otorga más posibilidades de trabajo para los talleres que no están adscritos a las redes oficiales de los fabricantes de coches y a los recambistas que no trabajan exclusivamente para primer equipo o que los fabricantes consideran de su gusto en la postventa.
Los usuarios ya no están obligados a ir a un taller oficial de un fabricante para pasar una revisión si no quieren perder la garantía. Estas revisiones suponen un gasto de un 40% por encima de un taller oficial, como confirmó un estudio de la compañía Midas. A partir de ahora se puede pasar esa revisión, el fabricante está obligado a suministrar toda la información técnica y no es necesario utilizar las piezas de recambio que imponía el fabricante. De esta manera hay más posibilidades para los recambistas y más posibilidades de encontrar precios más económicos en esas piezas.
Es decir, las actuales normas sectoriales imponen unas cortapisas innecesarias que impiden a los fabricantes de automóviles organizar sus sistemas de distribución de la forma más conveniente para ellos.
A partir de ahora habrá equiparación legal entre recambio original (del constructor) y de calidad equivalente. Es decir, no será necesario que el recambio venga con el sello del fabricante de coches para considerarlo como el único original. En el caso de las lunas, será original tanto el de primer equipo como el que ha fabricado la empresa de cristalería (Saint Gobain, Pilkington oGuardian) que reúne las mismas características técnicas pero que sólo tiene como diferencia la ausencia de ese sello de la marca de coches en cuestión. Además, el fabricante de coches no podrá negar la venta de recambios que él considere originales. En el caso de las lunas, deberá vender la luna al taller independiente con el logo de la marca en el vidrio, por ejemplo.
Según el texto se aclara que "Piezas o equipos originales” son aquellas fabricadas con arreglo a las especificaciones y normas de producción que el fabricante del vehículo ha establecido para su montaje en primer equipo. Salvo prueba en contrario, se presumirá que los recambios son recambios originales si el fabricante de los mismos certifica que cumple los requisitos de calidad de los componentes utilizados para el montaje del vehículo y se han fabricado con arreglo a las especificaciones y normas del vehículo.
Para poder ser considerados “de calidad equivalente”, los recambios han de ser de calidad lo suficientemente alta para que su uso no empañe la reputación de la red autorizada.
Este nuevo Reglamento también establece tres cláusulas fundamentales que describen infracciones que restringen la competencia en el mercado de recambios. Se refieren a las restricciones impuestas por los fabricantes de automóviles con respecto a: a) la venta de recambios originales por talleres autorizados a talleres independientes, b) la posibilidad de que fabricantes independientes de recambios suministren a talleres autorizados o independientes, y c) la posibilidad de que los fabricantes independientes de recambios pongan su marca registrada o logotipo en sus productos.
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