Desde el pasado 8 de marzo un Real Decreto no deja lugar a dudas y obliga a crear un documento donde firmen los trabajadores
Los talleres de lunas están obligados a registrar las horas de entrada y salida de los trabajadores
La Asociación de Empresarios del Taller de Reparación de Vehículos de A Coruña (Atreve) ha realizado una consulta a su servicio jurídico para aclarar cualquier duda sobre el registro de las horas de trabajo de los trabajadores. El Gobierno acaba de sacar un Real Decreto (RD 8/2019 de 8 de marzo) que no deja lugar a dudas. En su artículo 10 se modifica el número 34 del Estatuto de los Trabajadores y establece que la empresa garantizará el registro diario de la jornada de trabajo, sea esta completa o parcial.
![[Img #17211]](upload/img/periodico/img_17211.jpg)
Así, los talleres han de registrar las horas de entrada y salida, en un documento excel o de otro tipo, con la firma del trabajador. Y este documento deberá permanecer en custodia de la empresa durante cuatro años, para posibles inspecciones. El registro de la jornada no ha de ser un perjuicio, según establece el mismo Real Decreto, para el establecimiento de medidas de flexibilización de jornada.
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La entrada en vigor del decreto será el próximo 12 de mayo, solo dos meses después de su reciente publicación en el BOE. Con él se subsanan las dudas que se habían suscitado por las diferencias de criterio entre la Inspección de Trabajo y una sentencia del Tribunal Supremo.
Hay que registrar la jornada de todos los trabajadores, bien tengan jornada de trabajo completa o parcial.
La Asociación de Empresarios del Taller de Reparación de Vehículos de A Coruña (Atreve) ha realizado una consulta a su servicio jurídico para aclarar cualquier duda sobre el registro de las horas de trabajo de los trabajadores. El Gobierno acaba de sacar un Real Decreto (RD 8/2019 de 8 de marzo) que no deja lugar a dudas. En su artículo 10 se modifica el número 34 del Estatuto de los Trabajadores y establece que la empresa garantizará el registro diario de la jornada de trabajo, sea esta completa o parcial.
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Así, los talleres han de registrar las horas de entrada y salida, en un documento excel o de otro tipo, con la firma del trabajador. Y este documento deberá permanecer en custodia de la empresa durante cuatro años, para posibles inspecciones. El registro de la jornada no ha de ser un perjuicio, según establece el mismo Real Decreto, para el establecimiento de medidas de flexibilización de jornada.
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La entrada en vigor del decreto será el próximo 12 de mayo, solo dos meses después de su reciente publicación en el BOE. Con él se subsanan las dudas que se habían suscitado por las diferencias de criterio entre la Inspección de Trabajo y una sentencia del Tribunal Supremo.
Hay que registrar la jornada de todos los trabajadores, bien tengan jornada de trabajo completa o parcial.




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Cristalero | Miércoles, 27 de Marzo de 2019 a las 23:09:33 horas
Buena noticia para que la bolsa de horas sea REAL y no al antojo del supervisor de turno si apunta o no en el ordenador la hora de entrada/salida real del montador.
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