Una sentencia del Tribunal Supremo obliga a tener que pagar según lo que recoge ese convenio
Los talleres de lunas de Cádiz estarán obligados a pagar lo que recoja el convenio del metal de la provincia
El convenio del metal de la provincia de Cádiz también debe ser aplicado a los trabajadores de los talleres de reparación y concesionarios. Los talleres de lunas estarán obligados también a aplicar ese convenio. El Tribunal Supremo ha ratificado el fallo del TSJA dictado en 2018 en el que se denegaba la petición de la Asociación de Reparadores de Automóviles de la Provincia de Cádiz (Asoreca) y la Asociación de Concesionarios (Acoauto) de anular el convenio del metal o excluir a sus afiliados de su ámbito de aplicación.
El Alto Tribunal da así la razón a los sindicatos CCOO y UGT así como a la propia Federación de Empresarios del Metal de Cádiz (Femca), que ve legitimado su papel como representante de la patronal en la mesa de negociación, como viene ocurriendo desde 1980.
![[Img #19276]](https://infoluna.com/upload/images/01_2020/2059_sentencia-1.jpg)
"Con esta sentencia, el Tribunal Supremo nos da la razón por lo que las empresas y concesionarios deben hacer cumplir nuestro convenio provincial del metal", ha señalado este lunes el secretario general de UGT-FICA Cádiz, Antonio Montoro.
La sentencia desestima los argumentos esgrimidos por Asoreca y Acoauto en su recurso de casación contra el fallo del TSJA de 2018 y avala el papel de Femca tanto por criterios de participación histórica como por haber acreditado su legitimación con el número de empresas afiliadas y de trabajadores que engloban dichas empresas, superando los umbrales que exige la ley.
La consecuencia inmediata es la aplicación del convenio del metal a los trabajadores de talleres y concesionarios de coches, tanto en materia de retribuciones como en derechos sociales. "Muchos concesionarios ya se habían adelantado y habían actualizado su salario para evitar complicaciones", ha señalado Antonio Montoro, que ha recordado que el fallo cierra "un proceso largo y penoso después de haber ganado las sentencias tanto del juzgado de lo social de Cádiz, como en el TSJA, además de las resoluciones favorables de la Inspección de Trabajo".
El convenio del metal de la provincia de Cádiz también debe ser aplicado a los trabajadores de los talleres de reparación y concesionarios. Los talleres de lunas estarán obligados también a aplicar ese convenio. El Tribunal Supremo ha ratificado el fallo del TSJA dictado en 2018 en el que se denegaba la petición de la Asociación de Reparadores de Automóviles de la Provincia de Cádiz (Asoreca) y la Asociación de Concesionarios (Acoauto) de anular el convenio del metal o excluir a sus afiliados de su ámbito de aplicación.
El Alto Tribunal da así la razón a los sindicatos CCOO y UGT así como a la propia Federación de Empresarios del Metal de Cádiz (Femca), que ve legitimado su papel como representante de la patronal en la mesa de negociación, como viene ocurriendo desde 1980.
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"Con esta sentencia, el Tribunal Supremo nos da la razón por lo que las empresas y concesionarios deben hacer cumplir nuestro convenio provincial del metal", ha señalado este lunes el secretario general de UGT-FICA Cádiz, Antonio Montoro.
La sentencia desestima los argumentos esgrimidos por Asoreca y Acoauto en su recurso de casación contra el fallo del TSJA de 2018 y avala el papel de Femca tanto por criterios de participación histórica como por haber acreditado su legitimación con el número de empresas afiliadas y de trabajadores que engloban dichas empresas, superando los umbrales que exige la ley.
La consecuencia inmediata es la aplicación del convenio del metal a los trabajadores de talleres y concesionarios de coches, tanto en materia de retribuciones como en derechos sociales. "Muchos concesionarios ya se habían adelantado y habían actualizado su salario para evitar complicaciones", ha señalado Antonio Montoro, que ha recordado que el fallo cierra "un proceso largo y penoso después de haber ganado las sentencias tanto del juzgado de lo social de Cádiz, como en el TSJA, además de las resoluciones favorables de la Inspección de Trabajo".













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