La subida es de 58 euros mensuales en 14 pagas, por lo que el incremento mínimo será de 812 euros
El SMI de 950 euros ya es oficial y hará que las bases mínimas en el taller sean de 1.108 euros mensuales
Ya es oficial la subida del salario Mínimo Iterprofesional a 950 euros mensuales (13.300 euros al año o 31,6 euros diarios) tras quedar aprobado el Real Decreto que los estipula.
De esta forma, la base mínima de cotización a la Seguridad Social quedará fijada este año en 1.108 euros frente a los 1.050 euros del año pasado. La nueva cuantía es el resultado de dividir el nuevo salario mínimo anual (13.300 euros) entre doce meses, que es la periodicidad con la que se pagan las cotizaciones. Si bien, el Ejecutivo deberá confirmar esta cuantía exacta.
![[Img #19333]](https://infoluna.com/upload/images/02_2020/419_smi-1.jpg)
Estos 1.108 euros mensuales serán casi con toda seguridad la base mínima de los grupos de cotización 4 (ayudantes no titulados) al 10 (peones) y también la del grupo 11 (trabajadores menores de 18 años, cualquiera que sea su categoría profesional), “cuya base mínima coincide con la del SMI o están en un intervalo próximo al SMI”, dice el texto de la memoria conocido este viernes.
En el caso de los tres principales grupos de cotización sus bases mínimas son superiores al salario mínimo interprofesional pero, según la ley, deben aumentar en el mismo porcentaje que lo haga el SMI. De esta forma, las bases mínimas del grupo 3 (jefes administrativos y de taller) pasará de 1.057,80 a 1.116 euros mensuales; las del grupo 2 (ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados), de los actuales 1.215,90 euros aumentará hasta 1.282,7 euros; y para los del grupo 1 (ingenieros, licenciados y personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c del Estatuto de los Trabajadores), la base mínima subirá de 1.466,40 euros a 1.547 euros al mes.
Asimismo, el porcentaje de subida del SMI se aplicará a los mismos grupos del Sistema especial para Trabajadores por cuenta ajena Agrarios, tanto a los que cotizan por salarios mensuales como por jornadas reales trabajadas. E igualmente a la base de cotización del Sistema Especial para Empleados del Hogar, cuya base mínima de cotización, queda fijada según este Proyecto de Real Decreto en 7,43 euros por hora efectivamente trabajada.
Ya es oficial la subida del salario Mínimo Iterprofesional a 950 euros mensuales (13.300 euros al año o 31,6 euros diarios) tras quedar aprobado el Real Decreto que los estipula.
De esta forma, la base mínima de cotización a la Seguridad Social quedará fijada este año en 1.108 euros frente a los 1.050 euros del año pasado. La nueva cuantía es el resultado de dividir el nuevo salario mínimo anual (13.300 euros) entre doce meses, que es la periodicidad con la que se pagan las cotizaciones. Si bien, el Ejecutivo deberá confirmar esta cuantía exacta.
Estos 1.108 euros mensuales serán casi con toda seguridad la base mínima de los grupos de cotización 4 (ayudantes no titulados) al 10 (peones) y también la del grupo 11 (trabajadores menores de 18 años, cualquiera que sea su categoría profesional), “cuya base mínima coincide con la del SMI o están en un intervalo próximo al SMI”, dice el texto de la memoria conocido este viernes.
En el caso de los tres principales grupos de cotización sus bases mínimas son superiores al salario mínimo interprofesional pero, según la ley, deben aumentar en el mismo porcentaje que lo haga el SMI. De esta forma, las bases mínimas del grupo 3 (jefes administrativos y de taller) pasará de 1.057,80 a 1.116 euros mensuales; las del grupo 2 (ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados), de los actuales 1.215,90 euros aumentará hasta 1.282,7 euros; y para los del grupo 1 (ingenieros, licenciados y personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c del Estatuto de los Trabajadores), la base mínima subirá de 1.466,40 euros a 1.547 euros al mes.
Asimismo, el porcentaje de subida del SMI se aplicará a los mismos grupos del Sistema especial para Trabajadores por cuenta ajena Agrarios, tanto a los que cotizan por salarios mensuales como por jornadas reales trabajadas. E igualmente a la base de cotización del Sistema Especial para Empleados del Hogar, cuya base mínima de cotización, queda fijada según este Proyecto de Real Decreto en 7,43 euros por hora efectivamente trabajada.
gestoria | Jueves, 06 de Febrero de 2020 a las 09:19:05 horas
El SMI no afecta a los talleres ya que tienen convenio muchos mas alto que el SMI.
Por lo tanto no les afecta.
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