En cuanto a la resolución de reclamaciones de los clientes se presenta un cambio radical con multas hasta de 100.000 euros
Así afectará a las redes de lunas y a los talleres la nueva Ley de Atención al cliente
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Proyecto de Ley de Servicios de Atención al Cliente. Esta nueva ley tendrá un efecto en todo los negocios que ofrezcan servicios directos al cliente como son los talleres de lunas y, por extensión, las redes a las que pertenecen muchos de esos talleres.
Este nuevo marco legal, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado procedimiento de urgencia, tendrá una aplicación a todas las grandes empresas. Exceptuando aquellas que cuenten con una normativa sectorial ya impuesta, y a cualquier otra compañía que presente los siguientes servicios, con independencia de su tamaño: agua y energía, transporte o servicios postales, financieros o telefónicos. Sin embargo, no tendrá aplicación en la administración.
Solución a reclamaciones en 15 días
La ley reduce de 30 a 15 días el plazo máximo que una empresa debe responder a una reclamación o queja. Por lo que todo lo que tiene que ver con la gestión de los servicios posventa también se va a agilizar de manera considerable. Además, las empresas que ofrezcan servicios que sean considerados como básicos tendrán un máximo de dos horas para proporcionar a los consumidores información sobre la forma y los tiempos en los que se va a resolver el problema.
![[Img #23981]](https://infoluna.com/upload/images/03_2024/9347_reclamacion-1.jpg)
Los horarios también han sido otro de los focos de atención. Los departamentos de atención al cliente tendrán que estar disponibles para los consumidores durante el horario comercial. A excepción de las empresas que ofrezcan servicios básicos, como es el agua, la electricidad, internet o los transportes, cuando la atención tendrá que estar garantizada las 24 horas del día, los siete días de la semana.
![[Img #23984]](https://infoluna.com/upload/images/03_2024/4529_sumario-ley-1.jpg)
También se ha querido hacer hincapié en la necesidad de mejorar los servicios de atención al cliente para colectivos que sean considerados como vulnerables, como son las personas con bajo nivel de digitalización o las personas mayores. Los servicios de atención al cliente deberán prestar la asistencia individualizada a todos aquellos que lo requieran.
En el caso de que las empresas incumplan estas obligaciones, las sanciones oscilarán entre los 150 y los 100.000 euros, en función de la gravedad. Y, además, las compañías tendrán la obligación de medir sus mejoras en el servicio de atención al cliente por medio de auditorías externas que se encarguen de su parametrización.
Tres minutos de espera como máximo
La normativa reduce a tres minutos el tiempo de espera que los clientes pueden esperar como máximo al llamar a un Call Center antes de ser atendidos para recibir información, reclamar o gestionar un servicio posventa. Y este límite se debe cumplir en, al menos, el 95% de las llamadas.
Uno de los aspectos en los que se centra la ley es en la atención personalizada. Para ello, “prohíbe el empleo de contestadores automático u otros medios análogos como medio exclusivo de atención a la clientela”. Además, recalca que “en cualquier momento de la interacción”, el cliente podrá solicitar hablar con una persona, en vez de con una locución o cualquier otro mensaje automatizado.
Otra de las novedades tiene que ver con la forma en la que las empresas gestionan las largas listas de espera. A partir de ahora, no se podrá poner fin a una llamada porque la empresa argumente que ya existe un amplio tiempo de espera. Un escenario bastante habitual en según qué compañías.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Proyecto de Ley de Servicios de Atención al Cliente. Esta nueva ley tendrá un efecto en todo los negocios que ofrezcan servicios directos al cliente como son los talleres de lunas y, por extensión, las redes a las que pertenecen muchos de esos talleres.
Este nuevo marco legal, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado procedimiento de urgencia, tendrá una aplicación a todas las grandes empresas. Exceptuando aquellas que cuenten con una normativa sectorial ya impuesta, y a cualquier otra compañía que presente los siguientes servicios, con independencia de su tamaño: agua y energía, transporte o servicios postales, financieros o telefónicos. Sin embargo, no tendrá aplicación en la administración.
Solución a reclamaciones en 15 días
La ley reduce de 30 a 15 días el plazo máximo que una empresa debe responder a una reclamación o queja. Por lo que todo lo que tiene que ver con la gestión de los servicios posventa también se va a agilizar de manera considerable. Además, las empresas que ofrezcan servicios que sean considerados como básicos tendrán un máximo de dos horas para proporcionar a los consumidores información sobre la forma y los tiempos en los que se va a resolver el problema.
Los horarios también han sido otro de los focos de atención. Los departamentos de atención al cliente tendrán que estar disponibles para los consumidores durante el horario comercial. A excepción de las empresas que ofrezcan servicios básicos, como es el agua, la electricidad, internet o los transportes, cuando la atención tendrá que estar garantizada las 24 horas del día, los siete días de la semana.
También se ha querido hacer hincapié en la necesidad de mejorar los servicios de atención al cliente para colectivos que sean considerados como vulnerables, como son las personas con bajo nivel de digitalización o las personas mayores. Los servicios de atención al cliente deberán prestar la asistencia individualizada a todos aquellos que lo requieran.
En el caso de que las empresas incumplan estas obligaciones, las sanciones oscilarán entre los 150 y los 100.000 euros, en función de la gravedad. Y, además, las compañías tendrán la obligación de medir sus mejoras en el servicio de atención al cliente por medio de auditorías externas que se encarguen de su parametrización.
Tres minutos de espera como máximo
La normativa reduce a tres minutos el tiempo de espera que los clientes pueden esperar como máximo al llamar a un Call Center antes de ser atendidos para recibir información, reclamar o gestionar un servicio posventa. Y este límite se debe cumplir en, al menos, el 95% de las llamadas.
Uno de los aspectos en los que se centra la ley es en la atención personalizada. Para ello, “prohíbe el empleo de contestadores automático u otros medios análogos como medio exclusivo de atención a la clientela”. Además, recalca que “en cualquier momento de la interacción”, el cliente podrá solicitar hablar con una persona, en vez de con una locución o cualquier otro mensaje automatizado.
Otra de las novedades tiene que ver con la forma en la que las empresas gestionan las largas listas de espera. A partir de ahora, no se podrá poner fin a una llamada porque la empresa argumente que ya existe un amplio tiempo de espera. Un escenario bastante habitual en según qué compañías.
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.167